Cobertura
Las beneficiarias del seguro de maternidad recibirán atención de embarazo, parto y puerperio.
Y tienen derecho a:

Prestaciones de salud:

  • Programas de fomento y promoción de la salud;
  • Acciones de medicina preventiva
  • Atención odontológica preventiva y de recuperación
  • Asistencia médica curativa integral y maternidad
  • Tratamiento de enfermedades crónico degenerativas,
  • Tratamiento de enfermedades catastróficas reconocidas por el Estado como problemas de salud pública.
     

Prestaciones económicas:

  • Subsidio de enfermedad y maternidad.
Cobertura

El Seguro General de Salud Individual y Familiar entrega prestaciones de salud en sus propias establecimientos de salud, ubicadas en todas las provincias del país y a través de prestadores externos de la Red Púbica Integral de Salud y Red Privada Complementaria que mantienen convenios con el IESS, a los siguientes asegurados y beneficiarios:

  • Afiliados activos del Régimen Obligatorio y Voluntario;
  • Pensionistas de invalidez, discapacidad, vejez y viudedad.
  • Pensionistas de incapacidad permanente, parcial, total y absoluta de Riesgos del Trabajo.
  • Hijos de afiliados y pensionistas de montepío por orfandad y previa solicitud los hijos de pensionistas de invalidez, discapacidad, vejez y de los pensionistas de incapacidad parcial y permanente del Seguro de Riesgos de Trabajo, hasta los 18 años de edad;
  • Cónyuge o conviviente con derecho previa solicitud realizada por el afiliado o pensionista para la extensión de cobertura de salud*.
  • Padre o madre que solicita licencia de maternidad o paternidad sin remuneración y sus hijos menores de 18 años se beneficiarán de las prestaciones de salud brindadas por la DSGSIF, mismas que serán financiadas por el MSP.
  • Afiliados al Seguro Social Campesino y sus dependientes acreditados;
  • La jefa de hogar con cargo a la contribución obligatoria del Estado.
     
*Extensión de cobertura

Para la extensión de  cobertura de las prestaciones de salud para los cónyuges o convivientes con derecho de afiliados (as), deberán realizar la aportación del 3,41% de la materia gravada, registrada mensualmente en el sistema historia laboral del IESS. Los pensionistas de invalidez y vejez del seguro general, y pensionistas de incapacidad permanente o absoluta del seguro de riesgos de trabajo, cotizarán para cónyuges o convivientes con derecho, el 4,15% de la pensión o renta;  y para hijos menores de 18 años de edad, el 3,41% de la pensión o renta.

Beneficios de la extención de la cobertura de las Prestaciones de Salud

El dependiente del asegurado recibirá acciones integrales de fomento y promoción de la salud, prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades, recuperación y rehabilitación de la salud individual, además de  la atención prenatal, parto y posparto para la cónyuge.

Requisitos:
  • No constar registrado (a) como afiliado al IESS.
  • Certificación de No ser afiliado o beneficiario  del ISSFA e ISSPOL.
  • Para cónyuges menores a 40 años presentar la declaración juramentada respecto de padecer o no de enfermedad catastrófica, crónica/degenerativa o invalidante. De adolecerla  indicar el nombre de la enfermedad y el código CIE- 10 emitido por el médico tratante.
  • Para convivientes con derecho, presentar la declaración juramentada que indique este estado civil.
  • El dependiente hijo menor de 18 años del pensionista, debe presentar original y copia de cédula de identidad, más los puntos 1 y 2  que anexará a la documentación física y copia de la cédula de padre o madre pensionista.
     
Solicitud y documentos

Una vez realizada la solicitud en la página web del IESS, se requerirá presentar los documentos en la unidad médica IESS más cercana a su domicilio. Entregados los documentos y aceptada la solicitud de extensión de la cobertura de  las prestaciones de salud, el dependiente del afiliado/pensionista,  calificará el derecho a la cobertura de salud  cuando haya abonado 3 meses de aportaciones mensuales consecutivas.

Afiliado del Seguro General

La solicitud de atención del afiliado del Seguro General  la efectúa, una vez que el empleador haya registrado a sus dependientes.

Afiliado voluntario

Para solicitar la extensión de la cobertura de  las prestaciones de salud de los cónyuges/ convivientes del afiliado/a voluntario, éste deberá primero ingresar a la opción Información/actualización de datos afiliados y dependientes.

Pensionistas

Para solicitar la extensión de  la cobertura de  las prestaciones de salud para cónyuges/ convivientes e hijos menores de 18 años de los pensionistas, se deberá primero ingresar a la opción Información/actualización de datos afiliados y dependientes.

 

Enfermedades catastróficas

Si el cónyuge o conviviente e hijos menores de 18 años  padecen de una enfermedad catastrófica, crónica/ degenerativa o invalidante, no se  negará la solicitud de extensión de atención médica, la información que se solicita en la declaración juramentada o certificación médica,  sirve únicamente de insumo para la  planificación administrativa-operativa y de financiamiento.

 

Para los dependientes cónyuges/convivientes e hijos menores de 18 años la extensión de  la cobertura de  las prestaciones de salud NO CUBRE contingencias de:
  • Riesgos del trabajo.
  • Vejez, muerte, e invalidez, que incluye discapacidad, y cesantía.
  • No tiene derecho a  subsidios monetarios de enfermedad y maternidad.
  • No cotiza para fondos de reserva.
     

 

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IESS inauguró sistema de Teleradiología

Los afiliados al IESS que residen en distintas localidades del Guayas, ya no necesitan ir a Guayaquil para someterse a exámenes radiológicos, gracias al servicio de teleradiología que interconecta a 13 unidades médicas del IESS en esta provincia y que permite transmitir, vía electrónica, las imágenes radiológicas de un paciente entre ellas.

El sistema se inauguró este martes 27 de Mayo, en el Hospital del Día 'Efrén Jurado López'. Allí, el presidente del Consejo Directivo del IESS, Hugo Villacrés, destacó que con este proyecto la tecnología está en manos de la medicina "y nos permite reducir tiempos y atender a quienes más lo necesitan". También expresó que gracias a la Teleradiología se podrá atender a toda la población, pues se trata de un sistema que se proyectará a nivel nacional.

El uso de este sistema permite al médico receptor de la información realizar una evaluación del caso y tener de forma inmediata el diagnóstico, lo que permitirá derivar, si es necesario, al paciente hacia un médico especialista. De esta manera, el asegurado será atendido oportunamente y con ello se suplirá la ausencia de un radiólogo en los centros que no posean este tipo de profesionales médicos.

En ese contexto, el director provincial del IESS, Iván Espinel, reiteró que la Teleradiología constituye una atención médica a distancia, con la que no se requiere el traslado del paciente a una unidad de más alto nivel.

Durante la inauguración del sistema se realizó una demostración, paso a paso, de cómo funciona y las capacidades que tiene para interconectar, en esta primera fase del programa, a las unidades de atención ambulatoria de Balzar, Bucay, El Empalme, Daule, Naranjal, el Centro de Atención Ambulatoria Central, el Centro de Atención Ambulatoria Letamendi, el Centro Médico 'Betzabé Crespo Jordán', el Centro Médico 'Reyna Mantilla', el Hospital del Día 'Efrén Jurado López', el Hospital de Durán, el Hospital de Milagro y el Hospital Teodoro Maldonado Carbo.

Además se realizó la prueba, en tiempo real, de un enlace entre el Hospital del Día 'Efrén Jurado López' y la Unidad de Atención Ambulatoria de Bucay, en la que se explicó el proceso desde el registro de la radiografía al afiliado, su ingreso al sistema PACS (sistema computarizado para el archivo digital de imágenes médicas) y el envío al médico receptor.

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) invierte en estos equipos de alta tecnología a fin de que el asegurado cuente con este servicio lo más cerca de su lugar de residencia y lograr de esta forma que sea atendido de manera inmediata, sin necesidad de desplazarse desde sus poblaciones hacia grandes zonas urbanas.

Además de ofrecer atención de salud con calidad y tener sus resultados en tiempos prudenciales en casos de emergencia, esta tecnología le permite al asegurado ahorrar tiempo y evitar los gastos que ocasionan los desplazamientos.