Y tienen derecho a:
Prestaciones de salud:
- Programas de fomento y promoción de la salud;
- Acciones de medicina preventiva
- Atención odontológica preventiva y de recuperación
- Asistencia médica curativa integral y maternidad
- Tratamiento de enfermedades crónico degenerativas,
- Tratamiento de enfermedades catastróficas reconocidas por el Estado como problemas de salud pública.
Prestaciones económicas:
- Subsidio de enfermedad y maternidad.
El Seguro General de Salud Individual y Familiar entrega prestaciones de salud en sus propias establecimientos de salud, ubicadas en todas las provincias del país y a través de prestadores externos de la Red Púbica Integral de Salud y Red Privada Complementaria que mantienen convenios con el IESS, a los siguientes asegurados y beneficiarios:
- Afiliados activos del Régimen Obligatorio y Voluntario;
- Pensionistas de invalidez, discapacidad, vejez y viudedad.
- Pensionistas de incapacidad permanente, parcial, total y absoluta de Riesgos del Trabajo.
- Hijos de afiliados y pensionistas de montepío por orfandad y previa solicitud los hijos de pensionistas de invalidez, discapacidad, vejez y de los pensionistas de incapacidad parcial y permanente del Seguro de Riesgos de Trabajo, hasta los 18 años de edad;
- Cónyuge o conviviente con derecho previa solicitud realizada por el afiliado o pensionista para la extensión de cobertura de salud*.
- Padre o madre que solicita licencia de maternidad o paternidad sin remuneración y sus hijos menores de 18 años se beneficiarán de las prestaciones de salud brindadas por la DSGSIF, mismas que serán financiadas por el MSP.
- Afiliados al Seguro Social Campesino y sus dependientes acreditados;
- La jefa de hogar con cargo a la contribución obligatoria del Estado.
Para la extensión de cobertura de las prestaciones de salud para los cónyuges o convivientes con derecho de afiliados (as), deberán realizar la aportación del 3,41% de la materia gravada, registrada mensualmente en el sistema historia laboral del IESS. Los pensionistas de invalidez y vejez del seguro general, y pensionistas de incapacidad permanente o absoluta del seguro de riesgos de trabajo, cotizarán para cónyuges o convivientes con derecho, el 4,15% de la pensión o renta; y para hijos menores de 18 años de edad, el 3,41% de la pensión o renta.
El dependiente del asegurado recibirá acciones integrales de fomento y promoción de la salud, prevención, diagnóstico y tratamiento de enfermedades, recuperación y rehabilitación de la salud individual, además de la atención prenatal, parto y posparto para la cónyuge.
- No constar registrado (a) como afiliado al IESS.
- Certificación de No ser afiliado o beneficiario del ISSFA e ISSPOL.
- Para cónyuges menores a 40 años presentar la declaración juramentada respecto de padecer o no de enfermedad catastrófica, crónica/degenerativa o invalidante. De adolecerla indicar el nombre de la enfermedad y el código CIE- 10 emitido por el médico tratante.
- Para convivientes con derecho, presentar la declaración juramentada que indique este estado civil.
- El dependiente hijo menor de 18 años del pensionista, debe presentar original y copia de cédula de identidad, más los puntos 1 y 2 que anexará a la documentación física y copia de la cédula de padre o madre pensionista.
Una vez realizada la solicitud en la página web del IESS, se requerirá presentar los documentos en la unidad médica IESS más cercana a su domicilio. Entregados los documentos y aceptada la solicitud de extensión de la cobertura de las prestaciones de salud, el dependiente del afiliado/pensionista, calificará el derecho a la cobertura de salud cuando haya abonado 3 meses de aportaciones mensuales consecutivas.
La solicitud de atención del afiliado del Seguro General la efectúa, una vez que el empleador haya registrado a sus dependientes.
Para solicitar la extensión de la cobertura de las prestaciones de salud de los cónyuges/ convivientes del afiliado/a voluntario, éste deberá primero ingresar a la opción Información/actualización de datos afiliados y dependientes.
Para solicitar la extensión de la cobertura de las prestaciones de salud para cónyuges/ convivientes e hijos menores de 18 años de los pensionistas, se deberá primero ingresar a la opción Información/actualización de datos afiliados y dependientes.
Si el cónyuge o conviviente e hijos menores de 18 años padecen de una enfermedad catastrófica, crónica/ degenerativa o invalidante, no se negará la solicitud de extensión de atención médica, la información que se solicita en la declaración juramentada o certificación médica, sirve únicamente de insumo para la planificación administrativa-operativa y de financiamiento.
- Riesgos del trabajo.
- Vejez, muerte, e invalidez, que incluye discapacidad, y cesantía.
- No tiene derecho a subsidios monetarios de enfermedad y maternidad.
- No cotiza para fondos de reserva.
Noticias
Tutorial de Aplicativos Informáticos para Trámites en IESS en Línea
El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social ¿IESS-, instaló en el portal: www.iess.gob.ec, videos tutoriales sobre los diferentes aplicativos que están a disposición de los afiliados, jubilados y empleadores, en los que se indica paso a paso como acceder a los trámites en línea sobre los servicios y prestaciones.
La actual administración del IESS, dirigida por Ramiro González Jaramillo presidente del Consejo Directivo, pone a disposición de los usuarios esta nueva herramienta como ayuda para que se familiaricen con los aplicativos informáticos y efectúen en pocos minutos el trámite que lo requieran.
Los interesados pueden ingresar a la opción:
1. Afiliado y dar clic en >> Video Tutorial Aplicativos.
2. Empleador y dar clic en >> Video Tutorial Aplicativos.
Opciones del sistema tutorial para afiliados:
- Historia laboral (aportes)
- Cesantía
- Fondos de Reserva
- Registro cuenta bancaria
- Acumulación de fondos de reserva
- Solicitud de clave
- Extensión de salud de cónyuges
- Solicitud de jubilación
Opciones del sistema tutorial para empleadores:
- Registro de nuevo empleador
- Menú empleadores
- Aviso de entrada
- Actualización del afiliado
- Consulta y generación de comprobantes
- Débito bancario
- Rol de empleados
- Aprobación clave del afiliado
- Aviso de salida del trabajador