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IESS agiliza el trámite para el pago de Montepío
Quito, 24 de febrero del 2025
El montepío es una prestación económica que se genera como efecto de la muerte de un afiliado o jubilado del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, IESS, motivo por el cual, tendrán derecho la/el viuda/o e hijos menores o hijos con incapacidad para trabajar que hayan vivido a cargo del causante (asegurado fallecido), siempre que se cumpla con los requisitos mínimos establecidos en esta Ley de Seguridad Social, sobre lo cual se genera una pensión o renta mensual.
¿Cómo funciona el trámite?
El/la beneficiario/a solicita la prestación de montepío en la página web del IESS, en la sección Asegurados - Pensionistas, Servicios en Línea, opción Prestación de Montepío por viudez y orfandad.
Se registra el número de cédula de ciudadanía o identidad del solicitante, se deben ingresar los datos generales solicitados y al aceptar el ingreso de la solicitud se debe imprimir la solicitud; así también, el sistema le informará sobre la documentación que debe presentar en las ventanillas de Gestión Documental o en las Unidades Provinciales del Sistema de Pensiones del IESS más cercano a su domicilio.
Para el cálculo de la cuantía de la pensión mensual de montepío por viudez se tomará en cuenta lo siguiente: el viudo/ o sobreviviente de la unión de hecho, legalmente declarada, percibirá el 60% de la pensión que recibía el causante jubilado o de lo hubiera percibido el causante afiliado si hubiera sido jubilado. Mientras que para los hijos se distribuye el 40% de la pensión calculada.
Hay que tomar en cuenta que el viudo/a que contrae matrimonio o tiene una unión de hecho, perderá el derecho a la prestación.
En caso de matrimonio o unión de hecho el pensionista debe notificar por escrito al IESS el cambio de estado civil o la actual convivencia, dentro del plazo de 3 meses.
Por esta acción el IESS les entrega una suma igual a dos anualidades de la última pensión percibida, es decir, el seguro social toma en cuenta la última pensión y se multiplica por 24 meses.
Si necesita más información acerca de la pensión de montepío, ingrese a la página web del IESS: www.iess.gob.ec