El aporte mensual de los afiliados al Seguro Social Campesino es de 1 dólar con 79 centavos

Trescientos treinta y ocho mil siete,    campesinos y  pescadores artesanales de las 24 provincias del país, son los afiliados que  conforman el  Seguro Social Campesino del IESS, ellos y sus familias suman un total de 1`143.638 asegurados  quienes se benefician de las prestaciones de salud que les brinda el Seguro Social  por   un aporte  mensual de  solo $ 1,79. 
 
Al respecto, el Director Nacional del Seguro Social Campesino del IESS, Fausto Dutàn,  precisó   que con esta cuota  mensual  ($1,79)  que realiza  cada jefe de familia (afiliado al SSC), se  cubre al afiliado con prestaciones de jubilación y  de salud,  de  este último  beneficio  también   favorece  a su grupo familiar,  el mismo que puede estar  integrado por:  esposa/o,  hijos/as, suegro /a,   nietos/as, hijos/as  políticos, es decir  quienes viven bajo su mismo techo o amparo.
 
Este aporte de $ 1.79 ( un dólar con setenta y nueve centavos) mensuales,  se basa en la Resolución del Consejo Directivo del IESS 192,  del 4 de diciembre del 2007,la cual se mantiene y  establece que  la base referencial de aportes y prestaciones del Seguro Social Campesino  se  calcula de la siguiente manera:  el  equivalente al 22,5 % del salario unificado mínimo del trabajador en general y la aportación mensual por familia asegurada será igual al 2,5 % de dicha base referencial ; ejemplo:  Salario Unificado actual $318 x 22.50 ( Base referencia) = $ 71.55 x 2.5% (aporte Mensual) = $1.79
 
El afiliado al Seguro Social Campesino (cabeza de familia),  por $ 1.79 (un dólar con setenta y nueve centavos),    tiene derecho a jubilación por vejez o invalidez a más de cobertura de salud como: servicio odontológico, exámenes médicos, medicina preventiva, medicinas y utilización de hospitales en caso de hospitalización y cirugías; y acceso añas prestadoras externas de salud, además, el SSC, dispone de  653 dispensarios médicos comunitarios a nivel nacional.
 
Es necesario aclarar que  quienes  integran el grupo  familiar dependiente del afiliado,  solo tienen derecho a la cobertura de salud detallada anteriormente, la cual se financia con los aportes solidarios de afiliados, aseguradoras privadas y el Estado.