IESS recepta afiliación voluntaria de acuerdo a nueva resolución
De acuerdo con la Resolución CD 460 (Reglamento Del Régimen Especial Del Seguro Voluntario), emitida por el Consejo Directivo, que entró en vigencia el 1 de enero de 2014; hoy 2 de enero, primer día de labores, hasta las 12h00, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social- IESS, registró 138 nuevas afiliaciones de ecuatorianos residentes en el país y en el extranjero que se acogieron al registro de afiliación voluntaria, bajo nuevas condiciones.
Según el reporte de los técnicos del IESS, los ciudadanos ingresaron con normalidad al portal web. www.iess.gob.ec, link Afiliación Voluntaria para registrar la solicitud.
La Resolución citada precisa que la afiliación voluntaria se inicia desde el primer día del mes en que realicen la correspondiente solicitud.
Requisitos
- Ser ciudadano ecuatoriano, en el caso de afiliación en el exterior;
- Cédula de ciudadanía para el caso de afiliación de ecuatorianos; o, cédula de identidad o carné de refugiado, emitido en el Ecuador, para el caso de afiliación de extranjeros dentro del territorio nacional; y,
- No registrar mora u obligaciones pendientes con el IESS como afiliado voluntario.
Procedimiento
El interesado debe ingresar su cédula de ciudadanía o el código de identificación y fecha de nacimiento en el siguiente orden (año, mes, día). Posteriormente debe llenar con exactitud los diferentes campos que se exige.
Los trabajadores autónomos y sin relación de dependencia, profesionales en libre ejercicio, administradores o dueños de un negocio, adicionalmente pueden optar por una afiliación voluntaria.
El afiliado voluntario pagará los aportes al IESS sobre una base de cotización que no será inferior a la remuneración básica unificada del trabajador en general vidente en el Ecuador, que para el 2014 es de trescientos cuarenta dólares de los Estados Unidos. (USD $.340).
Prestaciones
Los afiliados voluntarios tienen las mismas prestaciones que los afiliados del Seguro General Obligatorio, es decir están cubiertos en casos de enfermedad, maternidad, riesgos del trabajo, cesantía, vejez, invalidez, muerte y aquellas que defina la Ley de Seguridad Social.
Además, podrán solicitar la extensión de la prestación de salud para los hijos, páralo cual deberá pagar un aporte adicional del 1.32% de la materia grabada por cada hijo cubierto.
Accederá también a préstamos quirografarios, hipotecarios para la adquisición de bienes inmuebles ubicados en el territorio nacional, de acuerdo a las regulaciones emitidas por el BIESSS.
Es importante destacar que el afiliado voluntario podrá registrar su aviso de salida en cualquier momento, pudiendo reactivar su afiliación con un nuevo registro de solicitud.