Pueden afiliarse al Seguro Social Campesino las personas que se dedican a la labor de campo y viven en la zona rural y los que se dedican a la pesca artesanal.
El Seguro Social Campesino entrega prestaciones de salud y económicas. Las prestaciones de salud consisten en atención médica, ginecológica y odontológica; y las económicas en el pago mensual de jubilaciones por vejez e invalidez; y también el pago auxilio de funerales.
Los requisitos para afiliación al Seguro Social Campesino son los siguientes:
- - La residencia del ciudadano debe estar ubicada en el área rural.
- - Laborar en el campo y/o dedicarse a la pesca artesanal.
- - No ser afiliado a otro seguro público.
- - Pertenecer a una organización campesina o de pescadores artesanales.
- - No recibir remuneración de un empleador público o privado.
- - No ser empleador.
- - Para jefe de familia: puede tener RUC o RISE con actividad de pesca artesanal o labor de campo.
- - Para dependientes: no tener RUC o RISE.
El procedimiento para afiliación al Seguro Social Campesino es el siguiente:
- Los solicitantes (jefes de familia y dependientes) deben acercarse al dispensario del Seguro Social Campesino de la localidad más cercana a su residencia. Presentan su cédula de identidad original y solicitan la elaboración de la encuesta familiar.
- La Investigadora Social realizará la visita in situ para verificación de la información registrada en la encuesta familiar.
- El dirigente de la organización campesina legaliza con su firma que los nuevos adherentes cumplan con los requisitos para el ingreso o reingreso al Seguro Social Campesino.
- El dirigente de la organización campesina recibe el informe de afiliación (aceptadas o negadas) y entrega el correspondiente carnet a los beneficiarios en asamblea general.
El afiliado campesino debe cumplir los siguientes requisitos para aplicar a la jubilación:
JUBILACIÓN POR VEJEZ: La pensión de jubilación por vejez se otorgará exclusivamente al jefe de familia asegurado que cumpla con la edad y años de aporte, de acuerdo al siguiente cuadro:
65 a 70 años de edad | 10 años de aporte. |
71 años de edad | 9 años de aporte. |
72 años de edad | 8 años de aporte. |
73 años de edad | 7 años de aporte. |
74 años de edad | 6 años de aporte. |
75 años de edad | 5 años de aporte. |
JUBILACIÓN POR INVALIDEZ: La pensión de jubilación por invalidez se otorgará exclusivamente al jefe de familia asegurado que por enfermedad, alteración física o mental, se hallare en incapacidad permanente y total, para procurarse por medio de su trabajo, su subsistencia y la de su familia, y hubiere aportado un mínimo de sesenta (60) imposiciones mensuales al Seguro Social Campesino, antes del inicio de la afección invalidante. La incapacidad será determinada por la Comisión de Valuación de Incapacidades del IESS.
NOTA: Cuando el jefe de familia recibe la pensión de jubilación por vejez o invalidez, los integrantes de familia afiliados, designarán al nuevo jefe de familia que continuará aportando al Seguro Social Campesino. La organización debe estar al día en el pago de aportes al Seguro Social Campesino.
La pensión que otorga el Seguro Social Campesino a los jubilados por invalidez y vejez del jefe de familia del Seguro Social Campesino no será inferior al valor de 100 dólares (USD 100). La pensión de invalidez y vejez será pagadera en doce mensualidades al año y se incrementará cada año en forma automática en el mismo porcentaje de incremento del Salario Básico Unificado. El valor de la pensión de vejez e invalidez para el año 2021 es de $103,62.
El beneficiario al Seguro Social Campesino debe acudir al dispensario médico al cual está adscrito y entregar los requisitos solicitados dependiendo la jubilación a la que este aplicando.
El beneficiario del auxilio de funerales debe acudir al dispensario del Seguro Social Campesino al cual estuvo adscrito el jubilado, y entregar los siguientes requisitos:
- - Solicitud del beneficiario para cobro de auxilio de funerales (simple)
- - Cédula de ciudadanía y último certificado de votación del beneficiario del auxilio de funerales.
- - Copia Acta de defunción del integrante del grupo familiar registrado en el SSC.
- - Certificado bancario del beneficiario del auxilio funerario.
Nota: la organización debe estar al día en el pago de aportes al SSC
Una vez receptado los documentos se le indica que la respuesta será mediante llamada telefónica o se puede acercar al dispensario, para informarle que el acuerdo de concesión está listo para ser retirado y que los valores están siendo depositados.
Podrá solicitar el auxilio para funerales: el jefe del grupo familiar, su cónyuge o hijos, o a su falta un allegado.
El derecho al cobro por concepto de Auxilio para Funerales prescribe en un (1) año, desde la fecha de fallecimiento del causante.
Los requisitos que debe presentar en el dispensario del Seguro Social Campesino son:
- Solicitud de Auxilio de Funerales.
- Cédula de ciudadanía del solicitante y último certificado de votación;
- Copia de acta de defunción del jubilado fallecido.
- Certificado bancario del solicitante.
El valor de auxilio de funerales del año 2021 es de $22,50.
El Seguro Social Campesino cuenta con 659 dispensarios a nivel nacional, en las 24 provincias del país.
Los beneficiarios (jefes de familia y dependientes) y jubilados al Seguro Social Campesino recibirán atención médica en los dispensarios del Seguro Social Campesino a los cuales se encuentren registrados, si según criterio del médico el/los pacientes requieren atención médica más compleja y con especialistas, el médico del dispensario de la comunidad generará el respectivo formulario de referencia (Formulario 053 ) a la unidad médica, con una duración de dos meses contando desde la fecha de emisión.
Si tiene derecho, siempre y cuando cumplan con el proceso previo, es decir que tengan la transferencia (Formulario 053) emitida por el médico del dispensario del Seguro Social Campesino de su comunidad, al cual estén registrados y el documento (Formulario 053) este dentro del tiempo de vigencia (2 meses).
¿CÓMO PUEDO SOLICITAR UNA CITA MÉDICA VIRTUAL Y A TRAVÉS DE QUÉ PLATAFORMA RECIBO LA ATENCIÓN?
La atención es presencial; el afiliado al Seguro Social Campesino debe realizar su atención primaria con el médico de la comunidad a donde pertenece, si después de la atención brindada y según criterio médico se decide transferir, es de manera presencial y con su respectiva hoja de referencia (formulario 053) a la unidad médica que corresponda.