Quiénes somos El Seguro de Pensiones protege a los asegurados del Seguro General Obligatorio en las contingencias de invalidez, vejez y muerte. Se financia con el 11,06 % del salario mensual de aportación del afiliado/a. Concede las siguientes prestaciones al asegurado y a su familia:
Además presta servicios de: Jubilación ordinaria vejez ¿Qué es la jubilación por vejez? Es una prestación del Seguro de Pensiones, mediante la cual se otorga una pensión mensual vitalicia a los afiliados que dejan de laborar y cumplen con los requisitos establecidos por la ley. Consulte la guía de trámite. Jubilación por invalidez Para conceder pensión de jubilado por invalidez, el IESS considera inválido al afiliado que por enfermedad o por alteración física o mental, se encuentre incapacitado para su trabajo. Consulte la guía de trámite. Montepío Es la pensión o renta mensual que entrega el IESS a viudas, viudos, huérfanos o padres del afiliado o jubilado fallecidos, que generaron el derecho. Consulte las guía de trámite. Auxilio de funerales El subsidio para funerales es un auxilio en dinero que se entrega a los deudos del jubilado o afiliado, siempre que éste último tuviere acreditadas seis (6) imposiciones mensuales, por lo menos, dentro de los últimos doce (12) meses anteriores a su fallecimiento, en la cuantía que reglamentará el IESS. Puede otorgarse de dos maneras:
Consulte la guía de trámite. Convenios Internacionales Jubilación y Montepío al amparo del Convenio Internacional Actualmente el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social tiene convenios vigentes con:
Consulte las guía de trámite.
Jubilaciones Especiales El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, a través del Seguro de Pensiones gestiona las siguientes jubilaciones especiales: Rol de Pensionista y Certificado A fin de proteger la integridad de los pensionistas (jubilado por vejez,discapacidad, invalidez y beneficiario de montepío) así como su tiempo y seguridad, el IESS dispone de los siguientes servicios en línea:
Jubilación por discapacidad ¿QUIENES TIENEN DERECHO? El afiliado que tuviere una discapacidad igual o mayor al 30%, tendrá derecho a una jubilación por discapacidad, cuando cumpla una de las siguientes condiciones:
Consulte la guía de trámite. Contáctenos/Redes Sociales Para cualquier duda o inquietud, no dude en llamarnos: 02-3945610 Síguanos en nuestras redes sociales: @IESSec Cuenta oficial del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Para atención presencial, están disponibles los Centros de Atención a nivel nacional (CAU), de lunes a viernes de 8:00 a 17:00. Horarios diferenciados para puntos en centros comerciales. Formularios En la sección formularios, puede acceder a las siguientes solicitudes: Seguro de Pensiones
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