La afiliación voluntaria de ecuatorianos residentes en el exterior garantiza el derecho universal a la seguridad social y el acceso a sus prestaciones y servicios en el territorio nacional.
La afiliación voluntaria al IESS de los ecuatorianos que residen en el exterior les garantiza atención de salud integral, incluidos sus hijos menores de 18 años, pensión jubilar, préstamos hipotecarios y auxilio de funerales en el territorio nacional.
Requisitos:
- Tres meses de aporte continuos, si es la primera vez de afiliación
- Un mes de aporte, si antes fue afiliado.
Cobertura:
- No se limita enfermedades prexistentes
- Cubre todo tipo de tratamiento, procedimiento cirugías, sin costo adicional.
- Medicina general
- Atención médica ambulatoria
- Atención médica hospitalaria
- Odontología
- Rehabilitación física
- Exámenes de laboratorio, medicinas.
- No se limita enfermedades prexistentes
- Cubre todo tipo de tratamiento, procedimiento cirugías, sin costo adicional.
- Atención de salud integral a los hijos menores de 18 años de edad.
Adicionales
- Extensión de cobertura de salud al cónyuge o conviviente registrado, con el pago adicional del 3,41% del valor del aporte principal.
- Agendamiento programado de cita médica, a través de nuestro aplicativo online las 24 horas del día.
- Para la atención de Preguntas, Quejas, Sugerencias y Felicitaciones (PQSF) comunicarse a la línea (593) 22230880
- Línea directa: Zona horaria UTC-5:00 hora continental (Lunes a Viernes 8:00 a 17:00).
- Valor a recibir: promedio de los cinco mejores años por el coeficiente del tiempo aportado para los afiliados por vejez o invalidez.
- Jubilación por vejez: al cumplir la edad y el número de aportes según el cuadro a continuación.
EDAD | IMPOSICIONES | AÑOS DE APORTACIÓN |
---|---|---|
Sin límite de edad | 480 o más | 40 o más |
60 años o más | 360 o más | 30 o más |
65 años o más | 180 o más | 15 o más |
70 años o más | 120 o más | 10 o más |
Jubilación por invalidez: accede independientemente de la edad del afiliado y con mínimo 5 años de aportes, previo aprobación médica del IESS.
Jubilación por discapacidad: jubilación especial
Requisitos
2. No tener solicitud de jubilación en trámite y no estar calificado como jubilado en el IESS.
3. Calificación del porcentaje de discapacidad equivalente al 30%, emitido por el Ministerio de Salud Público
4. Cumplir con el número de aportaciones necesarias.
5. Clave de acceso al portal IESS.
6. Mantener una cuenta de correo electrónico válida y activa.
7. No tener deudas en mora con el IESS - BIESS.
8. Número de cédula de identidad
Es la pensión de montepío para el/la cónyuge, hijos menores de 18 años de edad y para los hijos de cualquier edad incapacitados para el trabajo, solteros, viudos o divorciados y que hayan vivido a cargo del causante . Genera el afiliado activo con mínimo 60 imposiciones y los jubilados por vejez o invalidez.
Requisitos
- Estar dentro del periodo de protección, en caso que sea afiliado cesante
- Registro del aviso de salida en la página web www.iess.gob.ec, por parte del empleador.
- No tener deudas en mora con el IESS ¿ BIESS
- Mantener una cuenta de correo electrónico válida y activa.
- Certificado bancario original
- Cédula de ciudadanía
- Certificado de defunción original
- Solicitud de viudez y orfandad original
Procedimiento
- Ingresar a www.iess.gob.ec, Servicios en línea/Asegurados/Pensionistas/Viudez y orfandad.
- Ingresar con el número de cédula del solicitante, llenar el formulario, guardar e imprimir
- Entregar todos los documentos en las coordinaciones o unidades médicas del Sistema de Pensiones y recibirá el acuerdo de respuesta de la solicitud.
Nota: en caso que los beneficiarios se encuentren en el exterior, deberán emitir un poder especial a un familiar para que realice el proceso en el IESS y entregue la documentación requerida.
Es un subsidio económico que se genera con la muerte del afiliado o el jubilado. Reciben los beneficiarios y cubre gastos del cofre mortuorio, servicios de velación, de carroza y religioso, costos de inhumación o cremación y costos de arrendamiento o compra de nicho, columbario o cenizario.
Requisitos
- Estar dentro del período de protección, en caso que se afiliado cesante
- No tener deudas en mora con el IESS-BIESS.
- Mantener una cuenta de correo electrónico válida y activa.
- Solicitud de reembolso de gastos de funerales original
- Facturas original
- Cédula de ciudadanía
- Certificado bancario original
Procedimiento
- Ingresar a www.iess.gob.ec, Servicios en línea/Asegurados/Pensionistas/Reembolso de gastos funerales
- Ingresar con el número de cédula del solicitante, llenar el formulario, guardar e imprimir
- Entregar documentos en las coordinaciones o unidades provinciales del Sistema de Pensiones y recibirá el Acuerdo de concesión.
Nota 1: Si el servicio fue recibido en una funeraria acreditada por el IESS, la funeraria es la única responsable de solicitar el reembolso de auxilio funerales a través del aplicativo del portal web del IESS.
Nota 2: Si la factura fue generada en el exterior, debe tener una traducción certificada al español.
La afiliación voluntaria de los ecuatorianos residentes en el exterior ahora les ofrece la oportunidad de adquirir su vivienda en el territorio nacional.
Productos:
- Adquisición de vivienda nueva o usada
- Adquisición de terreno para construcción
- Remodelación y ampliación de vivienda
Requisitos:
- Registrar treinta y seis (36) aportaciones acumuladas. Las 12 últimas deben ser consecutivas, de las cuales, las 6 últimas deben ser como afiliado voluntario.
- No tener dividendos pendientes de pago con el IESS o BIESS, en cualquiera de sus productos crediticios
- Estar dentro del límite de edad requerido (hasta 75 años).
- No tener un préstamo hipotecario vigente adquirido bajo la modalidad de compra o redescuento de cartera con el IESS o BIESS.
- No tener en trámite ninguna solicitud para cualquier tipo de préstamo hipotecario con el BIESS.
- No tener en curso una Línea de crédito para construcción de vivienda y/o inactiva la tabla de amortización del préstamo hipotecario concedido.
- No tener valores pendientes de pago por concepto de gastos de instrumentación en solicitudes anuladas de Préstamo Hipotecario con el BIESS.
- No tener obligaciones vigentes como garante o fiador por concepto de préstamos hipotecarios para afiliados voluntarios.
- No estar registrado en la base de datos del IESS con una enfermedad degenerativa.
- Aprobar la calificación crediticia del BIESS.
Montos y plazos
- Préstamos hasta USD 200.000 y plazo máximo para pago hasta 25 años.
Nota: La escritura pública de poder especial o general que el migrante otorgue a un tercero, debe manifestar la potestad para comprar un inmueble a su nombre y firmar documentos a su nombre y representación.