Mora Patronal es el incumplimiento en el pago de aportes del Seguro General Obligatorio o de Seguros Adicionales contratados, descuentos, intereses, multas y otras obligaciones, dentro de las fechas de pago exigible de la obligación.
El empleador y el afiliado voluntario están obligados a:
- Pagar las aportaciones del Seguro General Obligatorio cuando los plazos para el pago de aportes, fondos de reserva y demás obligaciones con el IESS, se vencieren en sábado, domingo o día de descanso obligatorio, el pago se realizara hasta el día hábil siguiente.
 - Registrar el aviso de entrada (de los trabajadores) durante los primeros 15 días y el de salida, en los próximos 3 días después del cese.
 - La mora patronal ocasiona Responsabilidad Patronal en las prestaciones a las que accede el asegurado, en los Seguros de Salud, Pensiones, Riesgos del Trabajo y Cesantía.
 
 El empleador con obligaciones patronales en mora puede acceder a las siguientes facilidades de pago: pago con tarjetas de crédito, abono o cancelación de obligaciones con valores a favor del deudor, acuerdos de pagos parciales y convenios de purga de mora patronal.
  
Trámite orientado a brindar facilidades de pago para obligaciones por concepto de aportes, fondos de reserva y responsabilidades patronales.-
Inicia con la entrega de los requisitos a las Coordinaciones / Unidades Provinciales de Cartera y Coactiva - ventanillas de Cartera y Coactiva.
- Mantener valores en mora en estado de glosas y título de crédito antes del sorteo
 
- Solicitud de Acuerdo de Pagos Parciales plazo máximo hasta 12 meses
 - Nombramiento de representante legal (Para personas jurídicas)
 - Registro único de contribuyentes (RUC) generado (Obligatorio para personas jurídicas)
 - Cédula de identidad (Empleador / afiliado)
 - Código de identificación para extranjeros (Para afiliado extranjero)
 - Autorización a terceros (de ser el caso)
 
 Trámite orientado a brindar facilidades de pago para obligaciones por concepto de aportes, fondos de reserva y responsabilidades patronales a plazos desde 13 hasta 24 meses.
  
Inicia con la entrega de los requisitos a las Coordinaciones / Unidades Provinciales de Cartera y Coactiva y finaliza con la firma del convenio de pagos parciales por parte del solicitante.
- Mantener valores en mora en estado de glosas y título de crédito antes del sorteo
 
- Solicitud de Acuerdo de Pagos Parciales plazo de 13 a 24 meses
 - Nombramiento de representante legal (Para personas jurídicas)
 - Registro único de contribuyentes (RUC) generado (Obligatorio para personas jurídicas)
 - Cédula de identidad (Empleador / afiliado)
 - Código de identificación para extranjeros (Para afiliado extranjero)
 - Autorización a terceros (de ser el caso)
 
 Inicia con la entrega de los requisitos en las Coordinaciones / Unidades Provinciales de Cartera  y Coactiva y finaliza con la firma del convenio de purga de mora por parte del solicitante.
  
Inicia con la entrega de los requisitos a las Coordinaciones / Unidades Provinciales de Cartera y Coactiva y finaliza con la firma del convenio de pagos parciales por parte del solicitante.
- Mantener valores en mora en estado de glosas y título de crédito antes del remate
 
- Solicitud de Convenio de Purga de Mora
 - Registro único de contribuyentes (RUC) generado
 - Cédula de identidad
 - Certificado de votación
 - Nombramiento de representante legal (Para personas jurídicas, inscrito en el Registro Mercantil)
 - Acta de la Junta de Accionistas autorizando la suscripción del convenio al representante legal o apoderado
 - Lista de socios y/o accionistas emitida por la Superintendencia de Compañías
 - Lista de actos jurídicos emitidos por la Superintendencia de Compañías
 - Actos Jurídicos (Escritura Pública de Constitución, Aumentos de Capital, Resoluciones de la Superintendencias)
 - Lista de administradores actuales emitida por la Superintendencia de Compañías
 - Escritura del inmueble certificada o notariada (Inscrita en el Registro Mercantil)
 - Certificado de regulación urbana entregada por el Municipio (En caso de garantía hipotecaria, y debe cubrir el 125% de la deuda)
 - Certificado del Registrador de la Propiedad libre de todo gravamen con linderos (En caso de garantía hipotecaria, y debe cubrir el 125% de la deuda)
 - Comprobante del pago del Impuesto Predial actualizado (En caso de garantía hipotecaria, y debe cubrir el 125% de la deuda, vigente durante el tiempo que dure el CPM)
 - Garantía bancaria (100% de la deuda - la garantía debe ser incondicional, irrevocable y de cobro inmediato)
 - Póliza de seguro de Fiel Cumplimiento (100% de la deuda - la garantía debe ser incondicional, irrevocable y de cobro inmediato)
 - Aval Financiero (100% de la deuda - la garantía debe ser incondicional, irrevocable y de cobro inmediato)
 - Certificado del Ministerio de Finanzas sobre las cuentas de la entidad pública en mora. (En caso de Instituciones del Sector Público)
 - Certificado del Banco Central del Ecuador sobre las cuentas de la entidad pública en mora. (En caso de Instituciones del Sector Público)
 - Certificado de la Dirección Nacional de Servicios Corporativos del BCE (si mantiene o no fideicomisos la entidad en mora). En caso de Instituciones del Sector Público.